La directiva sobre diligencia debida de las empresas (CSDDD, por sus siglas en inglés) es una norma que prevé multas y sanciones para las compañías que socaven los derechos humanos y el medio ambiente. La normativa, aprobada por el Parlamento Europeo en el mes de abril, abarca cuestiones como la esclavitud, el trabajo infantil, la explotación laboral, la pérdida de biodiversidad, la contaminación y la destrucción del patrimonio natural.
¿A qué empresas afecta la directiva sobre diligencia debida?
La aplicación de la CSDDD afectará a:
- Empresas de la Unión Europea con más de 1.000 personas trabajadoras y más de 450 millones de facturación anual. Se aplicará de forma gradual a.
- 2027: empresas con 5.000 personas trabajadoras y 1.500 millones de euros.
- 2028: empresas con 3.000 personas trabajadoras y 900 millones de euros.
- 2029: empresas con 1.000 personas trabajadoras y 450 millones de euros.
- Empresas de terceros países con actividades en la UE: sólo se referirá a su facturación. En 2027; afectará a las que facturen 1.500 millones de euros, en 2028; a las que tengan 900 y, en 2029; a las de 450.
- Pequeñas y medianas empresas (pymes): no entran directamente en la propuesta, pero se verán afectadas como parte de la cadena de suministro.
Obligaciones que deben cumplir las empresas
Según la directiva, las empresas deben adoptar todas las medidas que sean necesarias para prevenir, mitigar o poner fin a los impactos adversos que surjan para sus propias operaciones, las de sus filiales y las de sus socios de negocios en su cadena de actividades.»Deben tenerse en cuenta las circunstancias del caso concreto, la naturaleza y la extensión de los efectos adversos y los factores de riesgo pertinentes», añade la normativa.
Otras obligaciones son:
- Establecer y mantener un procedimiento de reclamación.
- Supervisar la eficacia de la estrategia y las medidas de diligencia debida.
- Comunicar públicamente sobre diligencia debida.
- Adaptar un plan de transición climática conforme al Acuerdo de París y con el objetivo de limitar el calentamiento global a un máximo de 1,5 °C.
Sanciones y autoridades supervisoras
La directiva indica en su artículo 27 que cuando se impongan sanciones pecuniarias se tendrá en cuenta el volumen de negocios mundial neto de la empresa. El límite máximo de las multas no será superior al 5% del mismo. La norma también establece sanciones administrativas para las compañías que la incumplan.
Los estados deberán designar una autoridad supervisora para controlar si las empresas cumplen las obligaciones de diligencia debida. Según la norma aprobada por el Parlamento Europeo, estos «se asegurarán de que las autoridades de control sean jurídica y funcionalmente independientes, y estén libres de toda influencia externa, ya sea directa o indirecta.» Las investigaciones de las autoridades se podrá iniciar de oficio o cuando estas reciban información suficiente que indique un posible incumplimiento por parte de una empresa.
Multas de hasta 225.000 euros a las empresas que tomen represalias contra los trabajadores que denuncien discriminación
Los socios de Gobierno, Psoe y Sumar, acaban de presentar una enmienda al proyecto de ley que modificará el Estatuto de los Trabajadores para penalizar a las empresas que tomen represalias contra los trabajadores que denuncien discriminación. La propuesta incluye considerar este tipo de actuaciones como infracciones muy graves, por lo que las compañías podrían pagar multas de hasta 225.000 euros.
Además, «perderán automáticamente, y de forma proporcional al número de trabajadores afectados por la infracción, las ayudas, bonificaciones y, en general, los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, con efectos desde la fecha en que se cometió la infracción», según indica el texto. Los empresarios podrán ser excluidos del acceso a tales beneficios por un período de seis meses a dos años.