El Brexit supuso un obstáculo para muchas empresas nacionales con negocios en el Reino Unido. Con el objetivo de apoyar a estas compañías el ICEX (España Exportación e Inversiones) ha lanzado el Programa ICEX Brexit, para amortiguar el impacto que sobre su actividad ha tenido la salida de Reino Unido de la Unión Europea.

Explicamos en qué consisten estas ayudas del Brexit y cuáles son los requisitos que las empresas deben cumplir para acceder a las mismas.

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Cuatro millones de euros para compensar pérdidas

El programa de ayudas para empresas afectadas por el Brexit cuenta con un presupuesto total de cuatro millones de euros. La finaciación procede de fondos Brexit Adjustment Reserve (BAR) de la Comisión Europea.

Su misión es la de ayudar económicamente a todas las empresas y trabajadores autónomos que ejerzan legalmente su actividad en territorio español y que se hayan encontrado con dificultades para seguir con ella. El fin es que puedan seguir aprovechando las oportunidades comerciales que ofrece el Reino Unido.

Entre los gastos que cubren las ayudas están los nuevos costes derivados del registro de IVA; del asesoramiento sobre las nuevas exigencias de etiquetado, empaquetado y certificación; del registro de marcas; de visados de trabajadores  especializados; así como escrituras, permisos administrativos y licencias.

Las empresas exportadoras podrán recibir una ayuda del 75% de estos gastos. Su solicitud permanecerá abierta hasta el 12 de junio.

¿Cómo son las ayudas?

Cada empresa solicitante podrá recibir una cuantía máxima de 200.000 euros. La cobertura de gastos es con carácter retroactivo. Se cubren todas las inversiones subvencionables que se hayan realizado desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de julio de 2023. Para su justificación es preciso presentar las facturas y los documentos acreditativos correspondientes.

Según indica la Resolución de 10 de abril de 2023 de ICEX España Exportación e Inversiones, los gastos subvencionables deben alcanzan, al menos, 4.000 euros, por lo que la cuantía mínima será de 3.000 euros.

Requisitos para poder solicitar las ayudas del Brexit

  • Ser una empresa constituida legalmente en España. Están incluidas las pymes y los autónomos.
  • No se puede tener deudas con la Agencia Tributaria, con el ICEX o con cualquier otro organismo que conceda ayudas.
  • Autorizar a la AEAT para que remita información aduanera a ICEX.

Documentación necesaria

  • Formulario telemático del programa ICEX Brexit rellenado y firmado.
  • Anexo I – Declaración responsable y autorización firmada.
  • Anexo II – Declaración responsable rellenada y firmada, afirmando no haber recibido ayudas incompatibles con ICEX Brexit
  • Anexo III – Declaración rubricada alegando ser una empresa afectada por el Brexit.
  • Copia del NIF de la empresa o del autónomo.
  • En el caso de los autónomos, hay que acreditar que se está inscrito en el régimen especial de trabajadores autónomos.
  • Memoria explicativa de los gastos elegibles, su cuantía y la cantidad solicitada.

¿Cómo ayudan los fondos europeos BAR a las empresas españolas?

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Existen cuatro grandes líneas de actuación.

  • Financiación de los nuevos costes de exportación a Gran Bretaña e Irlanda del Norte. Entre ellos están el registro del IVA, el envío de muestras  para la participación en ferias de promoción comercial o las certificaciones exigidas para tus productos.
  • Gastos de promoción de la marca: investigación de mercado, contratación de servicios de diseño gráfico, espacios publicitarios y campañas de
    marketing digital, acciones y eventos promocionales o los patrocinios comerciales.
  • Subvenciones a los gastos del establecimiento físico de la empresa. Esta ayudas cubren los gastos previos de constitución de la filial, los estudios de viabilidad y el asesoramiento para dichas cuestiones.
  • Abono de los costes de los trámites jurídicos, patente y de homologación. Las ayudas cubren el registro de patentes y marcas,  la defensa legal de la marca y también las homologaciones y certificaciones dirigidas al mercado de destino.
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