El Gobierno aprobó el pasado 3/10 el proyecto de Ley de Fomento de la Financiación Empresarial, que regula las plataformas de financiación participativa.
A la espera de analizar en detalle el texto, y cómo quede finalmente en su tramitación parlamentaria, y por lo tanto como afectará o no a la operativa de Finanzarel, podemos destacar el importante avance que supone la propuesta de clarificar lo que se considera «Inversores Acreditados» que no tienen limitación de inversión en estas plataformas.
El proyecto distingue entre inversores acreditados e inversores no acreditados. Los primeros son los institucionales, las empresas que superen determinados niveles de activo (un millón de euros), cifra de negocio (dos millones) o recursos propios (trescientos mil euros) y todas las personas físicas o jurídicas cuyos niveles de renta superen los cincuenta mil euros al año o tengan un patrimonio superior a cien mil euros y soliciten expresamente este tratamiento.
Los inversores acreditados podrán invertir sin límite mientras que los no acreditados (todos los demás), por su carácter minorista, tendrán límites anuales a la inversión (tres mil euros por proyecto y diez mil euros en el conjunto de plataformas) y deberán requerir la firma manuscrita por la que manifiestan, antes de adquirir ningún compromiso de pago, haber sido advertidos de los riesgos de este tipo de inversiones.
Seguiremos esperando la evolución de esta normativa…