El 4 de abril será la fecha en la que comenzará el periodo para presentar la Declaración de la Renta este 2018.

Como cada año, nos toca la ardua tarea de calcular y hacer balance de todos nuestros ingresos, patrimonio, gastos, etc. Muchos nos quejamos ya que los freelancers y empresarios nos encontramos inmersos en el cierre del primer trimestre del año y tenemos que dividir nuestra atención entre ambas tareas.

Antes de ponernos manos a la obra, es importante conocer las novedades que cada año nos trae la Campaña.

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¿Conoces las novedades de la Declaración de la Renta para este 2018?

Presentación del IRPF a través del móvil

App Móvil

Esta es una de las principales novedades que nos trae esta campaña y que seguramente alegrará a los que tengamos un perfil más digital.

Hacienda ha puesto a disposición de los usuarios una App móvil a través de la cuál, a partir de la fecha oficial, podremos presentar nuestra declaración sin necesidad de contar con un ordenador.

¿Por qué la recomendamos?

1- Agilidad en los trámites

Desde el pasado 15 de Marzo ya se puede descargar esta App en todos los dispositivos móviles.

2- Información inmediata

Si presentas tu declaración a través de esta App, Hacienda te facilitará información acerca del estado de trámite de tu declaración.

Todos los años cuando presentamos la declaración de la renta, nos surgen dudas acerca de si estará bien hecha, si nos solicitarán alguna modificación, cuándo recibiremos el pago en caso de ser a devolver o tendremos que hacer el abono en caso contrario, etc. Pues bien, con el uso de esta App, nos mantendrán informados en todo momento.

¿Qué necesitas?

– Número de Identificación Fiscal

– Importe de la casilla 450 de la renta anterior

– ¡NOVEDAD!: fecha de caducidad del DNI

Declaración Telefónica: Plan le llamamos

Hasta ahora cualquier persona podía pedir cita en Hacienda para hacer la declaración de forma presencial. Este año han incluido el Plan telefónico: Le llamamos.

El ciudadano podrá concertar cita para hacer su declaración vía telefónica. Una vez elegido día y hora, un trabajador del fisco contactará por teléfono para realizar el trámite. El horario de llamadas abarca de 9.00 de la mañana a 20.30 de la tarde.

Este servicio no es libre, es decir, no todo el mundo tendrá acceso a él, se reserva para las declaraciones más complejas. hacienda enviará una carta a a aquellos que puedan hacer uso de este servicio.

Novedades para calcular el IRPF

En este aspecto, apenas se han introducido modificaciones respecto al periodo anterior.

Cláusulas suelo

Como dato relevante podemos destacar que las devoluciones de cláusulas suelo de un trabajador no tributarán

Formación

Tampoco lo hará el periodo y proceso de formación de un empleado

Transmisiones de derechos posteriores al 1 de Enero de 2017

Para calcular el valor de la adquisición, habrá que restar el importe de la transmisión de derechos de suscripción que no tributaban en declaraciones de años anteriores. Una vez obtengamos este importe, se aplicará un retención del 19% (hasta ahora el importe reducía el valor de la compra)

Tributación de empresarios y profesionales

Dos formas de hacerlo:

Por estimación directa: diferencia entre ingresos y gastos

Por estimación objetiva: se aplica si los rendimientos son inferiores a 250.000€ ¡NOVEDAD!

Otros cambios con respecto a la campaña anterior podrían ser el fin del envío postal de borradores o el final del SMS con el número de referencia (se sustituye por el DNI electrónico).

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Calendario Declaración Renta 2018

Una vez conocidas las novedades, ya podemos entrar en materia. Lo primero será conocer las fechas oficiales.

INICIO PARA DESCARGAR APP IRPF: 15 de marzo

INICIO PARA PRESENTAR BORRADOR DE DECLARACIÓN E LA RENTA: 4 de Abril

FECHA PARA SOLICITAR CITA PREVIA: 8 de Mayo

INICIO ATENCIÓN PRESENCIAL EN OFICINAS: 10 de mayo

PLAZO MÁXIMO PARA DECLARACIÓN CON RESULTADO A INGRESAR: 27 de Junio

FIN DE LA DECLARACIÓN DE LA RENTA: 2 de Julio

RECUERDA: Renta Web sustituye al Programa Padre

Esto ya no es una novedad ya que se puso en marcha el pasado año. El Programa Padre ya no está disponible, por lo que tendremos que usar Renta Web. Todos los contribuyentes que tengan rentas del trabajo podrán presentarlas a través de este programa.

¿Qué requisitos tenemos que cumplir para solicitar el borrador de la declaración de la renta para este año?

Podrás hacerlo si has obtenido rentas de alguna de estas clases:

– Rentas del Trabajo (se incluyen también las pensiones y haberes pasivos así como pensiones compensatorias recibidas del cónyuge)

– Rentas del Capital Mobiliario (todas aquellas que estén sujetas a retención como los intereses de los depósitos bancarios, dividendos de acciones, etc)

– Pérdidas Patrimoniales: originadas por la transmisión o reembolso de acciones o participaciones que representen capital o patrimonio de instituciones de inversión colectiva

– Rentas del Capital Mobiliario: procedentes de las Letras del Tesoro

– Ganancias Patrimoniales: sometidas a retención o ingreso a cuenta

– Imputación de Rentas Inmobiliarias: como máximo de 8 inmuebles

– Rendimientos de Capital Mobiliario e Inmobiliario

¿Cómo solicitamos el Borrador de la Declaración de la Renta?

El Borrador lo podremos solicitar a partir del 4 de abril:

1- Accedemos a la web de la Agencia tributaria www.agenciatributaria.es

2- Pinchamos en el apartado Campañas.

3- Buscar RENTA 2017

A continuación podremos:

. Obtener el número de referencia RENO

. Tramitar el borrador a través de RENTA WEB

. Solicitar nuestra cita previa

. Consultar la devolución

. Realizar otros trámites

Otra Información de Interés

Cl@ve PIN; Si no conoces el importe de la casilla 440, puedes registrarte en Cl@ve para obtener el número de referencia de Renta. De esta forma podrás acceder a todos los trámites de la Sede Electrónica en la Hacienda.

Si no encuentras el Borrador del pasado ejercicio, puedes ir a una oficina de Hacienda a solicitarlo o utilizar el sistema PIN24H. Esto nos permitirá ver el borrador y datos fiscales sin necesitar la casilla 490.

¿En qué consiste el PIN24H?

Se trata de una clave de acceso para solicitar el borrador de la declaración de la renta del año anterior. Una vez obtenida podrás utilizarla únicamente durante 24 horas.

Para solicitarlo, habrá que ir a la web de la AEAT e ir a Obtener Códifo de Acceso Clave PIN. Introduciendo tu DNI y una clave, se recibirá un SMS con el código de acceso.

Con este PIN24H podrás acceder a solicitar el borrador de la declaración de la renta del año anterior.

¿Qué ocurre si necesito modificar el borrador?

Puede ser que una vez hayas accedido al borrador, te des cuenta de que necesitas modificar o añadir algún dato que ha cambiado con respecto al año anterior o simplemente han incluido alguna información errónea.

En este caso, para poder hacer la modificación pertinente tendrás que seguir los siguientes pasos:

  • Acceder a la web de la Agencia Tributaria
  • Ir a Campañas
  • Hacer click en Renta 2017
  • Servicio tramitación borrador / declaración (Renta WEB)
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