Quedan ya pocas semanas para presentar la segunda declaración trimestral del IVA de este año. Del 1 al 20 de julio los autónomos y empresarios deberán presentar en la Agencia Tributaria el Modelo 303, un formulario compuesto por 8 secciones y más de 80 casillas en el que se declara el Impuesto sobre el Valor Añadido de todas las operaciones realizadas durante los tres meses anteriores.

En este artículo te indicamos cuáles son los pasos que debes dar para cumplir con tus obligaciones sin necesidad de perder el sueño. Empezamos por explicarte en qué consiste este impuesto.

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¿Qué es el IVA?

Según la Agencia Tributaria, el IVA es un impuesto indirecto que grava el consumo. Como autónomo o empresario que vendes un producto o servicio deberás incluir en las facturas que presentes a tus compradores el porcentaje que corresponda de este impuesto.

Se puede decir que tanto los autónomos como las pymes actúan como intermediarios entre Hacienda y el consumidor final, ya que cada tres meses deberán pagar a la agencia la diferencia entre el IVA que hayan cobrado a sus clientes y el que hayan tenido que sop0rtar por las adquisiciones realizadas a sus proveedores.

Si quieres saber más sobre este impuesto y su ámbito de aplicación en Agencia Tributaria explican de forma muy detallada todas sus características.

¿A quién corresponde presentar el Modelo 303?

A todos los profesionales, ya sean freelances o empresarios, que realicen una actividad sujeta a IVA en territorio nacional. Esta obligación corresponde a sociedades, autónomos, asociaciones, cooperativas, sociedades civiles, etc. e independientemente del resultado de la declaración, es decir, ya sea a devolver, ingresar o compensar.

Es importante recordar que también tienen la obligación de presentar este modelos los arrendadores de inmuebles o bienes así como los promotores inmobiliarios.

¿Cuándo se presenta?

La mayoría de los autónomos y de las empresas presentarán la autoliquidación del IVA cada tres meses (excepto las compañías con gran facturación que deberán hacerlo de forma mensual). Este es el calendario establecido en la normativa:

· Primer trimestre: del 1 al 20 de abril

· Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio

· Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre

· Cuarto  trimestre: del 1 al 20 de enero.

Es importante aclarar que en el caso de que el último día del plazo sea festivo, este se ampliará hasta el siguiente día hábil y laborable.

 Cumplimenta el Modelo 303 paso a paso

  • El primer paso que deberás dar es tener a mano todas las facturas emitidas y recibidas durante el trimestre, así como todos los gastos e ingresos realizados.
  • Puedes cubrirlo tú mismo o pedirle a una gestor que lo haga por ti. Si decides hacerlo tú, te recomendamos que antes de enviar nada recurras a un experto para asegurar que no has cometido ningún error.
  • La presentación del documento se puede hacer de forma electrónica. Para ello hay que acceder al formulario web disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria  o bien al fichero que pone a disposición de los contribuyentes la AEAT. En este último caso es preciso disponer de de certificado electrónico, DNI electrónico o Cl@ve PIN.

Secciones 1 y 2. Identificación y devengo

En este caso solo hay que poner los datos personales del declarante: nombre, apellidos, razón social, año del ejercicio fiscal y trimestre al que corresponde la declaración de IVA. Después es necesario contestar a una serie de preguntas con un simple si o no. Por ejemplo, si tributas por régimen simplificado, si estás en concurso de acreedores, etc.

Sección 3. Liquidación

Aquí es donde se debe poner el IVA devengado, es decir, el IVA que le has cobrado a los clientes a los que les has emitido factura. También se indica el IVA deducible, que es aquel que has pagado a tus proveedores.

Recuerda que no todos los gastos son deducibles. En este enlace podrás ver cuáles lo son y cuáles no.

  • IVA DEVENGADO
    • Régimen general: si aplicas diferentes porcentajes de IVA a tus productos es preciso que uses una fila para cada uno de ellos. En la primera columna se indica la base imponible, en la segunda el IVA que se aplica y en la tercera columna la cantidad ingresada.
    • Operaciones intracomunitarias: solo si tienes CIF intracomunitario. En estos casos se aplica un 21% de IVA.
    • Operaciones con inversión del sujeto pasivo. Se trata de facturas que no incluyen IVA pero obliga al receptor a autoliquidar la operación y repercutir el impuesto.
    • Modificación de bases y cuotas: aquí debes incluir todas las modificaciones que hayas realizado durante el trimestre (facturas rectificativas, impagos, devoluciones, etc.) En la casilla 14 se incluye la base imponible y en la 15 la cuota tras aplicar el IVA.
    • Recargo de equivalencia y modificaciones. El primero hace referencia a un régimen especial que deben cumplir los comerciantes dedicados a la compra-venta. Solo si tienes un cliente que forme parte de él deberás cumplimentar estas casillas. Esta es la forma de hacerlo: en facturas con un 21% de IVA el recargo será del 5,2%; en las que tengan un 10% será del 1,4% y en las que se aplique un 4% el recargo es del 0,5%.
    • Cuota devengada: en esta casilla se incluye la suma de todas las cuotas

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  • IVA DEDUCIBLE
    • Cuotas soportadas en operaciones interiores corrientes: en la primera columna se pone la base imponible de todos los gastos deducibles. En la segunda se indica la cuota de IVA correspondiente.
    •  Cuotas soportadas en operaciones interiores con bienes de inversión: en este caso se refiere a activos de larga duración (ejemplo: compra de maquinaria)
    • Cuotas soportadas en importaciones: para las compras extracomunitarias con factura DUA
    • Adquisiciones intracomunitarias: solo para aquellos que dispongan de CIF intracomunitario
    • Rectificación de deducciones: aquí se incluyen los datos que hayas olvidado introducir en tus facturas. Recuerda poner los signos correspondientes.
    • Compensaciones Régimen Especial A.G. y P.  Solo para los autónomos incluidos en el régimen de agricultura o pesca.
    • Regularización de bienes de inversión: se incluyen las inversiones realizadas antes de iniciar tu actividad. La casilla 44 solo se cubre en el 4º trimestre.
    • Total a deducir: se incluye la suma de todas las cuotas de IVA deducible.
    • Resultado del régimen general: es la resta de los resultados incluidos en las casillas 27 y 25

Régimen simplificado de IVA. Solo se aplica a aquellos autónomos que cotizan por módulos.

Información adicional. Estos campos no influyen en el cálculo del impuesto, sino que son únicamente informativos. Se refieren a operaciones extracomunitarias e intracomunitarias.

IVA de caja. Los autónomos que se hayan acogido a él solo pagarán el IVA una vez cobradas sus facturas.

Resultado. La mayoría de las casillas de esta sección se cubren de forma automática.

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