Desde principios del año 2018 y debido a la ley Ley 6/2017 de 24 de octubre los autónomos y profesionales independientes pueden deducir de su IRPF una serie de gastos relacionados con las dietas y la manutención similares a los que también deducen los trabajadores por cuenta ajena. Esto fue una novedad que se llevaba solicitando desde las diferentes asociaciones de autónomos y profesionales independientes desde hacía tiempo. El conflicto surge ante la poca claridad y especificación en la redacción de esta ley ya que los representantes de dichas asociaciones se quejan de que la normativa es prácticamente inaplicable y únicamente un porcentaje muy reducido de profesionales se está beneficiando de esta ley.

Entonces, ¿las dietas son o no son gastos deducibles para un profesional freelance?

¿Buscas un descuento de pagarés? En menos de 24 horas, 100% online y con las mejores condiciones. ¡Solicítalo ya!

Deducibilidad de las dietas sujeta a la actividad

Para que los gastos de dietas se consideren deducibles tienen que estar afectos a la actividad del profesional y además cumplir una serie de requisitos. Es precisamente en este punto en donde surge la polémica. Para poder incluir estos gastos en el IRPF tienen que pagarse a través de medios electrónicos (tarjetas, transferencias, etc) y aportar una factura oficial (que no un  ticket de caja). A mayores estos gastos deben efectuarse en locales de restauración u hostelería.

El principal problema con el que se encuentran cientos de autónomos es ¿Cómo demostrar que este gasto está directamente relacionado con su actividad económica? Desde las asociaciones afirman que los profesionales se sienten inseguros a la hora de introducir estos gastos en su contabilidad ya que en muchas ocasiones resulta imposible aportar pruebas ante Hacienda en caso de una inspección. La mayoría de bares/ restaurantes no ofrecen al cliente la posibilidad de hacer una factura oficial sino que entregan un ticket de caja impreso en un tipo de papel que se borra con el tiempo, por lo que uno de los puntos que exige Hacienda de mantener toda la documentación durante cuatro años resulta inviable.

Por otra parte obliga a los profesionales a llevar una agenda de forma minuciosa anotando lo que se hace dada día y en cada momento. ¿Quién se acuerda dentro de tres años por qué comimos en tal restaurante o visitamos tal localidad?

En el día a día del autónomo muchas de las comidas, visitas y reuniones que se realizan son meras gestiones comerciales que no terminan en proyecto. De hecho muchas veces no se factura por un trabajo directo sino por un mantenimiento o una facturación genérica que hace complicado el valor probatorio de estas facturas.

Esta es la misma razón por la que tan solo un 5% de los profesionales independientes que trabajan desde casa se atreve a desgravarse sus gastos de manutención en los suministros del hogar. Imaginemos una vivienda en la que una de las habitaciones se destina a despacho. La ley dice que solo se puede afectar un 10% de la superficie a la actividad por lo que el resultado final sería una deducción de 3€, una cantidad irrisoria.

¿Qué ocurre con los desplazamientos?

Muchos autónomos comienzan su carrera con escasos medios económicos por lo que no cuentan con capital para adquirir un coche de empresa y se ven obligados a utilizar el suyo para realizar visitas o viajes comerciales. Según la ley actual el gasto de gasolina por este concepto no se puede deducir, sin embargo, si se acude a la visita en taxi no hay ningún problema. Una evidente incongruencia.

¿Qué es lo que dicta entonces la ley?

Con respecto a los gastos de manutención y teniendo en cuenta todos los criterios anteriormente explicados los límites en este tipo de gastos serían los siguientes

CONCEPTO EN ESPAÑA EN EL EXTRANJERO
SIN PERNOCTA 26,67 € 48,08 €
CON PERNOCTA 53,34 € 91,35 €

Utilice el descuento de pagarés como fuente de financiación para su empresa. Saber más

En lo que se refiere a gastos de desplazamientos la ley no dice nada peor la Agencia Tributaria suele ser muy restrictiva por ser complicada su afectación a la actividad. En cualquier caso es aconsejable solicitar una factura oficial a nombre del profesional que realice el viaje si se trata de un transporte público. En caso de que el desplazamiento fuese en un vehículo privado como vimos anteriormente no resulta nada fácil demostrar su afectación. Si se trata de otro tipo de vehículos como autocares, camiones, coches de funeraria, etc, la norma del IRPF sí admite una afectación parcial del combustible.

Con la configuración del nuevo gobierno las asociaciones de autónomos confían en que estos puntos se clarifiquen a favor de los profesionales como la mayoría de los partidos incluían en sus programas electorales.

Foto creada por Pressfoto – www.freepik.es

Guía de financiación alternativa
Guía de financiación alternativa

Descubre cuáles son las nuevas formas de Financiación Alternativa a los bancos y encuentra la ayuda necesaria para lanzar tu negocio.

Descargar gratis