Tal y como recoge el Manual de actividades económicas de la Agencia Tributaria, los empresarios y profesionales deben cumplir con una serie de obligaciones fiscales antes de iniciar su actividad, durante su desarrollo y tras cesar esta. Conocer el calendario tributario y de gestión laboral es esencial para el buen funcionamiento del departamento financiero de cualquier empresa. Independientemente del tamaño de la compañía, es crucial estar al tanto de los plazos para la presentación de modelos, auditorías y pagos de impuestos.

En este artículo recopilamos las fechas más importantes que debes anotar en tu calendario fiscal para 2025.

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Enero: un mes de alta carga fiscal

Enero es uno de los meses más intensos, ya que se presentan tanto declaraciones anuales como del cuarto trimestre:

Hasta el 20 de enero:

  • Modelo 111: Retenciones de IRPF a empleados y profesionales (4º trimestre).
  • Modelo 115: Retenciones de alquileres (4º trimestre).
  • Modelo 123: Retenciones de rendimientos de capital mobiliario.
  • Modelo 039: Comunicación de incorporaciones al régimen especial del grupo de entidades de IVA.
  • Modelo 161: Resumen de aportaciones recibidas en 2024.

Hasta el 30 de enero:

  • Modelo 130 y 131: Pago fraccionado del IRPF (estimación directa y objetiva, respectivamente).
  • Modelo 303: Autoliquidación del IVA (4º trimestre).
  • Modelo 349: Operaciones intracomunitarias (4º trimestre).

Hasta el 31 de enero:

  • Modelos 180, 190 y 390: Resúmenes anuales de retenciones de alquileres, empleados y profesionales, y del IVA, respectivamente.
  • Otros modelos clave como el 036, 037, 179, 182, 184, 233, 270, 309, 345 y 369 también tienen vencimiento en esta fecha.

Febrero y marzo: menos carga administrativa

Hasta el 28 de febrero:

  • Modelo 347: Declaración anual de operaciones con terceros superiores a 3.005,06 €.
  • Modelo 303: Autoliquidación del IVA

Hasta el 31 de marzo:

  • Modelo 720: Declaración de bienes en el extranjero.

Abril: inicio de la campaña de la Renta

Desde el 2 de abril:

  • Modelo 100: Declaración anual del IRPF, inicio del plazo para presentación por Internet. Con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta, hasta el 25 de junio.

Hasta el 21 de abril:

  • Modelos habituales: 111, 115, 130, 131, 202, 303, 309 y 349.

Hasta el 30 de abril:

  • Modelo 369: Declaración del IVA por servicios digitales o ecommerce en Europa.

Mayo y junio: Fechas límites para la renta y patrimonio

Desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio:

  • Plazo para la presentación telefónica de la declaración de la Renta. Modelo 100.

Hasta el 20 de mayo.

  • Renta y Sociedades.Retenciones e ingresos a cuenta aplicables a diferentes tipos de rentas, incluyendo:
    • Rendimientos del trabajo, como sueldos y salarios.
    • Ingresos por actividades económicas, incluyendo autónomos y profesionales.
    • Premios y determinadas ganancias patrimoniales, como los obtenidos en concursos o sorteos.
    • Ganancias derivadas de acciones y participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva, como fondos de inversión.
    • Rentas procedentes del arrendamiento de inmuebles urbanos.
    • Rendimientos del capital mobiliario, tales como intereses bancarios o dividendos.
    • Información sobre personas autorizadas y saldos en cuentas.
    • Rentas obtenidas en España por no residentes sin establecimiento permanente.

    Este sistema de retenciones permite adelantar el pago de impuestos, asegurando el cumplimiento fiscal y evitando impagos.

Hasta el 31 de mayo:

  • Modelo 303: Autoliquidación del IVA

Hasta el 25 de junio:

  • Declaración anual Renta y Patrimonio 2024 con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.

Hasta el 30 de junio:

  • Modelo 303: Autoliquidación del IVA
  • Declaración anual Renta y Patrimonio 2024 con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación del primer plazo.
  • Declaración anual de Renta del régimen especial de tributación para trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español 2024.

Julio: segundo trimestre y declaración del impuesto de sociedades

Hasta el 21 de julio:

  • Presentación de modelos trimestrales habituales (111, 115, 130, 131, 202, 303, 309, 349).

Hasta el 25 de julio:

  • Impuesto sobre Sociedades e Impuesto sobre la Renta de no Residentes (establecimientos permanentes y entidades de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español)
    • Declaración anual 2024. Entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural: 200, 206, 220.
    • Resto de entidades: en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo.

Octubre

Hasta el 20 de octubre:

  • Presentación de modelos trimestrales habituales.
  • Renta y Sociedades. Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las Instituciones de Inversión Colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas y, de rentas de no residentes obtenidas sin establecimiento permanente.

Hasta el 31 de octubre:

  • Modelo 369: IVA. Regímenes especiales aplicables a las prestaciones de servicios y ventas a distancia de bienes

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Noviembre y diciembre: cierre del ejercicio fiscal

Hasta el 5 de noviembre:

  • Modelo 102: Pago del segundo plazo de la declaración de la Renta, si fue fraccionado.

Hasta el 22 de diciembre:

  • Modelo 202: Pago a cuenta del Impuesto sobre Sociedades.

Mantenerse al día con el calendario fiscal es clave para evitar sanciones y garantizar una gestión eficiente de los tributos empresariales. Organiza bien tus plazos y asegúrate de cumplir con todas las obligaciones fiscales en 2025.