Comienza una nueva década y un nuevo año y con él las obligaciones fiscales no se hacen esperar. Resulta de especial relevancia conocer todas las fechas del calendario de contribución durante este 2020 para no cometer errores ni descuadres en los plazos que nos lleven a una posible infracción y sanción monetaria. Hay que tener presente que el primer trimestre del año se presenta cargado de actividades contributivas. Las analizamos todas en este post.

El primer trimestre llega repleto de obligaciones

El mes de enero comienza lleno de festivos y vacaciones para muchos por lo que son unos días inhábiles en los que apenas hay actividad. Una vez transcurrida la primera semana todo vuelve a la normalidad y los motores se ponen de nuevo en marcha. Durante este mes es obligatorio presentar la declaración del cuatro trimestre del 2019 y también declaraciones anuales.

Tendremos de plazo hasta el día 20 para presentar los modelos de retenciones 111 y 115, este último relacionado con las retenciones de alquileres o subarrendamientos de inmuebles urbanos como por ejemplo en el caso de locales comerciales.

Por otra parte para la presentación de los modelos 303, 390 y 349 hay de plazo hasta el 30 de enero. A estos se suman los modelos de pagos fraccionados de IRPF y hasta el día 31 se podrán presentar también los modelos 180 y 190 al igual que la declaración anual de entidades en régimen de atribución de rentas mediante el modelo 184.

Febrero: declaración anual de operaciones con terceros

Y después de toda la saturación de modelos y presentaciones de enero, da comienzo febrero que aunque se intuye un mes más relajado a nivel fiscal, también trae consigo una serie de obligaciones. Es el caso del modelo 347 conocido también como el de declaración anual de operaciones con terceros durante el ejercicio 2019 siempre y cuando se hayan superado los 3.005,06€. Tenemos hasta fin de mes para su presentación y como este año Febrero tiene 29 días y cae en fin de semana se amplía el plazo hasta el lunes 2 de Marzo. Un dato a tener muy en cuenta.

Como novedad en materia de IVA, también febrero es el mes elegido por Hacienda para enviar a algunos contribuyentes un borrador del IVA a modo de prueba piloto durante este 2020. De esto hablaremos en mayor profundidad más adelante.

Abril: Comienza la campaña de la declaración de la renta

El día 1 de abril da comienzo la campaña de la declaración de la renta y a partir de este día ya se podrá presentar de forma digital. Los modelos 111 y 115 del primer trimestre del 2020 tienen  de plazo máximo para su presentación el 20 de abril. También comparten esta fecha los modelos 303, 349, 130, 131 y 202 lo implica que el mes de abril también viene cargado de trabajo contributivo.

Durante los meses de mayo y junio llegará a su fin la campaña de la renta, concretamente el 30 de junio. A partir del día 13 de Mayo se podrán presentar las declaraciones del modelo 100 a través de entidades colaboradoras y oficinas de la AEAT. Si tenemos como resultado a ingresar el plazo fijado es el 25 de junio.

Este viene siendo el resumen del calendario contributivo para el primer semestre del 2020 que comienza su camino.

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Proyecto piloto 2020: nuevo borrador de IVA

Como comentábamos en el párrafo anterior, a partir del mes de febrero Hacienda enviará los primeros borradores del IVA a un grupo reducido de beneficiarios. Uno de sus requisitos es que deben estar adscritos al Suministro Inmediato de Información (SII) y contar con un volumen de operaciones menor a 6 millones de euros.

Los autónomos que estén acogidos al régimen de caja incluidos en un grupo de entidades o que figuren dentro del Registro de Devoluciones Mensuales (REDEME) no recibirán este borrador al menos en esta primera fase. Tampoco estarán aquellos que no apliquen la regla de prorrata en el IVA ni los que constituyan sectores diferenciales.

¿Cuál es el objetivo del nuevo borrador del IVA 2020?

Reducir los tiempos de devolución del impuesto. Tanto autónomos como pymes podrán recuperar con mayor agilidad el exceso de IVA que hayan soportado a lo largo del trimestre. Esto supone un importante avance para cualquier modelo de negocio. Este borrador servirá también de guía para cumplimentar el documento y ayudar a realizar las gestiones electrónicas. Por otra parte con este proyecto hacienda tendrá un mayor control sobre los contribuyentes persiguiendo mejorar la lucha y el fraude de la economía sumergida.

Estas son las principales novedades que se presentan en el calendario contribuyente para esta primera mitad 2020. Confiamos en que os sirva de ayuda para poder preparar las gestiones con tiempo y no incurrir en ningún error.

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