20 días por año trabajado, 33 o 45…¿Cómo saber cuál tengo que aplicar para calcular la indemnización en cada caso?

Durante los últimos años de crisis económica y con el reciente cambio de ley, es habitual no tener claro cuál es la que nos corresponde en función de cada caso.

Una vez identificada, suelen surgir dudas sobre la forma de calcular el importe de indemnización.

¿Te gustaría saber como se calcula la indemnización por despido paso a paso?

Este post es para ti.

Financiera especializada en el descuento de pagarés y anticipo de facturas para pymes y autónomos. Donde la banca no llega. ¡Estudio gratis ya!

¿Indemnización por despido o finalización del contrato?

Es muy común confundir estos dos términos ya que cuando un contrato finaliza sin haber posibilidades de renovación, la mayor parte de las personas suelen expresar este cese como un despido, sin embargo no es así. La indemnización que corresponde por despido no tiene nada que ver con la que corresponde por finalización de contrato.

Una vez aclarado este matiz, sigamos con el tema que nos interesa.

Tipos de despido

– Despido Objetivo

– Despido Improcedente

¿20, 33 ó 45 días de indemnización por año trabajado?

¿Cuándo corresponde una indemnización de 20 días por año trabajado?

Si se trata de un despido objetivo, la empresa deberá indemnizar al trabajador en el mismo instante que se entrega la carta de despido siguiendo la regla de 20 días por año trabajado sin exceder de 12 mensualidades. Esto significa que la indemnización no podrá superar el importe de multiplicar el salario mensual por 12.

¿Cuándo corresponde una indemnización de 33 días por año trabajado?

Si el despido es declarado improcedente y la fecha de firma de contrato es posterior al 12 de Febrero de 2012, la empresa podrá:

1- Readmitir al trabajador

2. Indemnizarlo con 33 días por año trabajado siendo el tope de 24 mensualidades.

¿Cuándo se aplica la indemnización mixta de 33/45 días por año trabajado?

Si el despido es improcedente y la fecha de firma es anterior al 12 de Febrero de 2012, alindemnización será mixta, es decir:

  • Para el tramo de los días de antigüedad previos al 12 de Febrero, se aplicará una indemnización de 45 días por año trabajado con un límite de 42 mensualidades.
  • para el tramos de días posteriores a esta fecha, será de 33 días de salario por año trabajado con un límite de 24 mensualidades.

Y cómo se calculan los días de salario por año trabajado?

En función de dos factores:

– Importe salario diario

– Total de días trabajados

Importe salario diario

Para calcular esta cifra tendremos que echar mano de las nóminas de los últimos doce meses y también de las pagas extras.

A continuación habrá que sumar los salarios brutos de cada nómina para saber el salario bruto anual.

Este salario bruto anual lo dividiremos entre 12 para saber el salario medio mensual y otra vez entre 30. El resultado será el salario diario.

Salario Anual= salario mensual+pagas extras

Salario Medio Mensual=salario anual/ 12 meses

Salario Diario= Salario medio mensual/30

Tiempo total trabajado

Para saber cuántos días hemos trabajado en la empresa hay que tener en cuenta la regla de que si se trabaja un día del mes se computa todo el mes entero, como si se hubiera trabajado completo.

Pongamos un ejemplo:

Un empleado de la Empresa X trabajó del 15 de abril del 2013 hasta el 8 de junio de 2015.

A efectos de calcular los días a indemnizar es como si hubiese trabajado desde el 1 de abril de 2013 al 30 de junio de 2015 y esto hace un total de 821 días.

Ofrecemos liquidez para Pymes y Autónomos. Tenemos una amplia experiencia en el sector financiero. Saber más

¿Y cómo se aplican todos estos conceptos a la indemnización?

Una vez que conocemos el tipo de despido y si son 20, 33 o 45 días por año trabajado, el cálculo será multiplicar estos días por el salario diario y los años trabajados.

Imaginemos que en el ejemplo anterior el despido fue improcedente y le corresponden 33 días por año trabajado.

El salario diario es de 45€ al día.

La indemnización sería:

Total de tiempo trabajado x días de salario por año/365

821×33/365=74,22 días indemnizables.

La indemnización total será de: 74,22 días x 45€ = 3.339,90€

¿Te ha ayudado este post a clarificar tus dudas sobre los tipos de indemnización y su cálculo?

 

Guía de financiación alternativa
Guía de financiación alternativa

Descubre cuáles son las nuevas formas de Financiación Alternativa a los bancos y encuentra la ayuda necesaria para lanzar tu negocio.

Descargar gratis