Una de las primeras decisiones que todo emprendedor debe tomar antes de abrir su negocio es la de elegir entre darse de alta como autónomo o constituir una Sociedad Limitada. A la hora de elegir un camino, el profesional debe estudiar muy bien las características de estas dos formas jurídicas para luego determinar la que mejor se ajusta a sus necesidades.

En este artículo explicamos en qué consiste cada una de ellas y cuáles son sus ventajas e inconvenientes para los emprendedores.

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¿Autónomo o Sociedad Limitada?

Existen varias formas jurídicas para constituir una sociedad pero la que mejor se adapta a los pequeños emprendedores es la Sociedad Limitada (SL). Sin embargo, antes de tomar una decisión, el profesional debe valorar si es más rentable para él darse de alta como autónomo al principio para luego cambiar su situación jurídica. Veamos en qué consiste cada una.

Autónomo

Es la manera más rápida y económica de dar de alta un negocio en una determinada actividad económica. Los trámites por los que tiene que pasar el emprendedor son relativamente sencillos:

  • Es preciso darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social
  • En Hacienda. Es preciso presentar una declaración censal con los datos personales, la actividad profesional, la ubicación del negocio y los impuestos a pagar.
  • Si vas a abrir un local es preciso tramitar en el ayuntamiento la licencia de apertura y, en el caso de tener que hacer reformas, también será necesario solicitar una licencia de obras.
  • Hay que comunicar al organismo competente autonómico la apertura del centro de trabajo.

Sociedad Limitada

Las SL son las sociedades mercantiles más habituales en nuestro país. Son muy utilizadas por los pequeños autónomos ya que de esta forma limitan su responsabilidad al capital aportado. Entre sus características podemos destacar:

  • El número mínimo de socios es uno pero no existe un número máximo.
  • La responsabilidad de los socios es solidaria y limitada al capital aportado.
  • Los socios pueden ser trabajadores y/o capitalistas
  • Su denominación social debe tener un nombre que no haya sido registrado previamente
  • El capital social mínimo es de 3.000 euros

Criterios a tener en cuenta a la hora de elegir entre darse de alta como autónomo o constituir una Sociedad Limitada

  • El dinero que se invertirá. Para crear una SL es preciso aportar un capital social mínimo de 3.000 euros. En el caso de los autónomos no es necesaria ninguna aportación.
  • Responsabilidad frente a terceros. El autónomo debe responder con su patrimonio personal por las deudas frente a terceros. En el caso de las SL solo hay que responder con el patrimonio de la sociedad.
  • Constitución. Los trámites para darse de alta como autónomo son mucho más sencillos y baratos que en el caso de las SL.
  • Costes. Siempre serán más bajos en el caso de los autónomos.
  • Impuestos. El autónomo tributa por el IRPF, un impuesto progresivo. Las SL en cambio tributan por el impuesto de sociedades.
  • Financiación. Habitualmente las sociedades acceden con mayor facilidad a los créditos bancarios ya que sus cuentas son más precisas.

Ventajas e inconvenientes de los autónomos y de las Sociedades Limitadas

En el caso de los autónomos

Ventajas

  • Los trámites para darse son sencillos y llevan muy poco tiempo
  • El autónomo mantiene todo el control sobre la empresa
  • No precisa un proceso previo de constitución
  • Darse de alta como autónomo no implica ningún coste
  • La gestión contable es más sencilla por lo que los costes de asesoramiento son inferiores.

Desventajas

  • No hay diferencia entre el patrimonio personal y el empresarial.
  • Si los beneficios de su trabajo son altos deberá pagar más impuestos que con una sociedad.
  • Su imagen ante terceros como entidades financieras, administraciones, clientes o proveedores no se ve tan profesional.
  • Si se desea contratar a familiares de hasta segundo grado de consanguinidad es preciso que estos también se den de alta como autónomos.

¿En qué momento el autónomo debe constituir una Sociedad Limitada?

Cuando los beneficios del negocio rebasan los 40.000 euros llegó la hora de cambiar la situación jurídica. También es preciso mudar a una SL en el caso de que el proyecto necesite de muchas inversiones o que la competencia esté formada mayoritariamente por sociedades.

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En el caso de las Sociedades Limitadas

Ventajas

  • La responsabilidad frente a los acreedores se limita al capital social y a los bienes de la sociedad.
  • El capital social exigido, 3.000 euros, es relativamente bajo y se puede destinar a financiar inversiones.
  • Puede ser unipersonal.
  • Los costes de constitución son asequibles: 600 euros.
  • A partir de cierto nivel de beneficios los impuestos son menores que los de un autónomo. Estos son fijos (25%).
  • En una sociedad, el autónomo puede fijarse un sueldo y desgravarlo como un gasto.
  • Acceden de forma más fácil a los créditos bancarios

Desventajas

  • La transmisión de participaciones no es fácil. Su venta está regulada en los estatutos de la sociedad y siempre tienen prioridad los socios de la misma.
  • Si los ingresos del empresario son reducidos no vale la pena constituir una SL.
  • La constitución de la SL suele llevar entorno a los 40 días. Así que si te urge comenzar ya con tu actividad es mejor darse de alta como autónomo.

¿Tienes claro qué forma jurídica vas a elegir para poner en marcha tu proyecto? Si tienes dudas, consúltanos.

Foto de negocios creada por yanalya – www.freepik.es

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