El arrendamiento financiero o leasing es un modelo contractual que resulta muy útil para las empresas o para los autónomos que no pueden o no desean hacer una gran inversión para la adquisición de un bien mueble o inmueble necesario para el desarrollo de su labor. Les permite empezar a producir sin que sea obligatorio aportar una gran cantidad de capital.

A través de este contrato una empresa le cede a otra el uso de un determinado bien a cambio de unas cuotas periódicas. Como ya explicamos en anteriores artículos «se trata de un tipo de alquiler en el que intervienen tres actores»:

· El proveedor o distribuidor del bien: que es el que se lo vende a la empresa de leasing.

· El arrendador: es la empresa o sociedad que adquiere el bien y que luego lo alquila a cambio de una cuota.

· El arrendatario (en este caso una empresa o un autónomo): hace uso de ese bien siempre y cuando cumpla con unos pagos periódicos.

Una de las características más importantes del leasing o arrendamiento financiero es que, una vez vencido el plazo estipulado en el contrato, el arrendatario tiene la opción de comprar ese bien.

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Características del arrendamiento financiero o leasing

El arrendamiento financiero se distingue de otros modelos contractuales por una serie de características. Entre ellas destacan:

· El bien objeto del contrato solo puede ser destinado para un uso profesional.

· La duración del contrato varía en función del bien objeto del mismo: dos años para bienes muebles (maquinarias, ordenadores, mobiliario…) y 10 para inmuebles (terrenos, construcciones…).

· Tras la finalización del mismo el arrendatario tiene tres opciones:

  1. No ejercer su derecho de compra y devolver el bien a la entidad financiera.
  2. Renovar el contrato de arrendamiento manteniendo las mismas condiciones o renegociándolas.
  3. Ejercer su derecho de compra por lo que el bien pasa a ser de su propiedad.

· Durante la vigencia del contrato el dueño del bien no es responsable de su pérdida o deterioro.

· El bien se debe asegurar contra todo riesgo.

Tipos de leasing

Básicamente podemos hablar de tres tipos de leasing:

  1. Financiero. Es la fórmula más habitual. En este caso la entidad financiera se compromete a entregar el bien pero el mantenimiento del mismo es obligación del arrendatario. Como ya hemos dicho, al finalizar el contrato, el cliente puede optar a su compra. Este tipo de contrato se puede subdividir en otras categorías:
    1. Leasing financiero mobiliario. Su duración mínima es de dos años.
    2. Leasing financiero inmobiliario. En esta categoría entra el alquiler de locales comerciales, complejos industriales, oficinas, terrenos, etc. La vigencia mínima del contrato es de 10 años.
  2. Operativo. En este caso se cede el uso del bien por un periodo determinado y una vez que este finalice no hay opción e compra. Su recurre a él para la financiación de bienes muebles. Su duración es más corta que en los demás casos.
  3. Lease back. El arrendatario posee un bien que vende a una sociedad de leasing. Esta a su vez se lo cede al primero en arrendamiento. Esta figura contractual se suele utilizar con bienes inmuebles. Se recurre a este tipo de leasing para liberar recursos y poder usarlos como capital de trabajo.

Principales ventajas y algunos inconvenientes

Entre los aspectos positivos de este tipo de contratos encontramos:

  • Sus ventajas fiscales. Las cuotas que el arrendatario paga son deducibles en cada uno de los ejercicios en los que el contrato esté en vigor. No es preciso seguir los plazos de amortización que se establecen para el IRPF.
  • Permite al empresario o autónomo aumentar la productividad de su empresa sin necesidad de hacer un gran inversión inicial.
  • Las cuotas suelen ser flexibles por lo que se pueden adecuar a las necesidades y/o capacidades de la empresa que actúa como arrendataria.
  • Se pueden adquirir todo tipo de bienes tanto nacionales como importados.
  • Evita que los activos de la empresa queden obsoletos.
  • El leasing permite la financiación de un bien al 100%.
  • Las operaciones de arrendamiento financiero se tramitan de forma mucho más rápida que las relacionadas con los préstamos bancarios.

Las operaciones de leasing también tienen una vertiente negativa. Estas son algunas de sus desventajas:

  • Su coste es mayor si se compara con otras operaciones de financiación.
  • El bien objeto del contrato no puede ser devuelto hasta que finalice el mismo.
  • No es habitual incluir en este tipo de contratos servicios adicionales. Es decir, que si el bien sufre algún daño será el propios arrendatario quien se ocupe de los gastos de reparación.
  • La cancelación del contrato trae consigo una penalización.

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Cómo se contabiliza el arrendamiento financiero

La forma de contabilizar un contrato de leasing es similar a la de la adquisición de un bien del activo fijo.

El arrendatario deberá registrar los activos según sea su naturaleza.

También se debe registrar un pasivo financiero por el mismo importe.

El total de la carga financiera, es decir los intereses, se deberá distribuir a lo largo del plazo que dure el arrendamiento y se imputará a la cuenta de Pérdidas y Ganancias del ejercicio correspondiente.

Es importante establecer el valor actual del contrato descontando las cuotas periódicas y también de la opción de compra a la tasa de interés apropiada. Es preciso tener en cuenta:

  • La tasa de interés que se emplea es que la que se especifica en el contrato. Puede suceder que esta sea significamente diferente a la tasa promedio del mercado. Si esto sucede entonces se debe emplear esta última.
  • En el caso de que el valor actual del contrato exceda el precio del bien entonces se debe emplear este último.
  • Se debe contabilizar el valor nominal del contrato como pasivo exigible.
  • La diferencia entre el valor nominal del contrato y el valor actual del mismo se debe contabilizar con cargo a una cuenta denominada: Intereses diferidos de leasing.

¿Conoces ya todos los derechos y obligaciones que adquieres cuando firmas un contrato de arrendamiento financiero? Si todavía tienes dudas sobre esta forma de financiación déjanos tu comentario.

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