¿Necesitas solicitar un préstamos o crédito a alguna entidad financiera? Si es así precisas conocer que es la CIRBE y cómo funciona.

En este artículo solucionaremos tus posibles dudas sobre este servicio y los pasos que deberás dar para solicitar la información registrada en esta base de datos.

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Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE)

Con este acrónimo se conoce este servicio público que, según el propio Banco de España, “gestiona una base de datos en la que constan, prácticamente, todos los préstamos, créditos, avales, y riesgos en general que las entidades financieras tienen con sus clientes”.

Dicho de otro modo, en la CIRBE se almacenan todos los riesgos que las entidades financieras afirman tener de las personas físicas o jurídicas que son o han sido sus clientes. Toda esta información se actualiza de forma mensual y son las propias entidades las que aportan los datos relativos a las operaciones que realizan.

Es importante tener claro que la CIRBE no es un registro de morosos como es el caso de asnef

¿Quién puede acceder a la información de la CIRBE?

La información es pública pero para acceder a ella es preciso solicitar antes una autorización.

> Cualquier persona física o jurídica puede conocer los datos declarados en esta base siempre y cuando estén a su nombre.

Si la información contenida en ella es errónea o no está actualizada puede pedir una rectificación de la misma. También tiene derecho a saber qué entidades financieras han accedido a la misma en los últimos seis meses.

> Las entidades bancarias pueden pedir información sobre un titular si este le solicita una operación de riesgo (por ejemplo, un crédito personal o una hipoteca). Los datos no se facilitarán si las deudas acumuladas no superan los 9.000 euros.

Datos que aparecen en los informes de la CIRBE

Los informes recogen dos tipos de información:

1- La relativa a los riesgos directos, es decir los que se derivan de un crédito o préstamo solicitado por una persona. Las entidades que piden estos informes pueden conocer los saldos disponibles y dispuestos de sus clientes. No podrán ver un listado de todos los préstamos personales ni tampoco las entidades que se los concedieron pero sí el total de la deuda que tengan contraída. En ningún caso se facilita información sobre operaciones cuyo importe no supere los 9.000 euros.

2- La relativa a los riesgos indirectos. Se trata de los avales y de las garantías sobre las deudas de otras personas.

Para poder elaborar estos informes las entidades deben facilitar la información más relevante sobre el titular a final de cada mes:

· importe total de la deuda

· nombre

· número de identificación fiscal

¿Por qué y para quién es tan importante esta base de datos?

· El primer beneficiado con la información que se recoge en la Central es el Banco de España. Los datos recogidos en ella permiten el correcto desarrollo de sus competencias, entre ellas, las relativas a la supervisión e inspección de las entidades de crédito. Además, es muy útil para la elaboración de informes y estudios estadísticos sobre el sector financiero en España.

· También se beneficia de ella las propias entidades bancarias ya que cuando un cliente solicita un crédito esta puede conocer a través de la CIRBE cuál es el riesgo real de impago al que se enfrenta. Pudiendo denegar así el crédito solicitado. Por ello es importante conocer fuentes de financiación sin avales o Plataformas que no computan CIRBE

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Cómo solicitar los informes de riesgos

El trámite puede ser realizado por cualquier persona física o jurídica. Hay dos formas de hacerlo, de forma electrónica o presencial.

Trámite electrónico.

· La Oficina Virtual del Banco de España permite solicitar el informe siempre y cuando se disponga de firma digital o certificado electrónico emitido por Prestadores de Servicios de Certificación.

· Entre los requisitos que se piden:

  • No se pueden solicitar informes con una antigüedad superior a diez años.
  • Los informes solo pueden ser descargados por el solicitante.
  • Estos estarán disponibles durante 20 días  desde su resolución.
  • Los informes que correspondan a la última fecha disponible se facilitarán a los 15 minutos siempre y cuando no haya incidencias. Si son anteriores se entregan al día siguiente hábil de la fecha de solicitud.
  • En los casos en los que haya disparidad entre datos los informes no se podrán resolver de forma automática.

De forma presencial.

Para solicitar el informe hay que enviar el formulario correspondiente y la documentación obligatoria a la Central de Información de Riesgos del Banco de España.

La documentación necesaria es:

  • Si es el propio titular el que realiza la solicitud de forma presencial basta con presentar un DNI u otro documento oficial que lo identifique. Si la petición se hace por correo también deberá aportar los datos de su domicilio para poder enviar allí el informe.
  • Si es un representante del titular el encargado de pedir el informe entonces es necesario presentar, además de los DNI de ambos, el documento público que acredite su derecho a obtener la información.

En el caso de que sea una persona jurídica la que solicite el informe es necesario presentar los documentos de identificación fiscal de la misma y el DNI del representante de la misma. Además, es preciso que se aporte un documento acreditativo de la representación.

Plazo de resolución.

El plazo es de 10 días hábiles para particulares a partir de la recepción de la petición.

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