El Gobierno aprobó el pasado 3/10 el proyecto de Ley de Fomento de la Financiación Empresarial, que regula las plataformas de financiación participativa.

A la espera de analizar en detalle el texto, y cómo quede finalmente en su tramitación parlamentaria, y por lo tanto como afectará o no a la operativa de Finanzarel, podemos destacar el importante avance que supone la propuesta de clarificar lo que se considera «Inversores Acreditados» que no tienen limitación de inversión en estas plataformas.

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El proyecto distingue entre inversores acreditados e inversores no acreditados. Los primeros son los institucionales, las empresas que superen determinados niveles de activo (un millón de euros), cifra de negocio (dos millones) o recursos propios (trescientos mil euros) y todas las personas físicas o jurídicas cuyos niveles de renta superen los cincuenta mil euros al año o tengan un patrimonio superior a cien mil euros y soliciten expresamente este tratamiento.

Los inversores acreditados podrán invertir sin límite mientras que los no acreditados (todos los demás), por su carácter minorista, tendrán límites anuales a la inversión (tres mil euros por proyecto y diez mil euros en el conjunto de plataformas) y deberán requerir la firma manuscrita por la que manifiestan, antes de adquirir ningún compromiso de pago, haber sido advertidos de los riesgos de este tipo de inversiones.

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Seguiremos esperando la evolución de  esta normativa…

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